Flower Foods Inc. contra Brock: una oportunidad perdida para obtener orientaci贸n sobre la exenci贸n de los trabajadores del transporte prevista en la FAA
El 28 de mayo de 2026, el Tribunal Supremo dict贸 un fallo un谩nime en el casoFlowers Foods, Inc. contra Brock en relaci贸n con la exenci贸n para los 芦trabajadores del sector del transporte禄 prevista en el art铆culo 1 de la Ley Federal de Arbitraje (FAA). La FAA exige, en general, que los tribunales hagan cumplir los acuerdos de arbitraje privado. Sin embargo, en virtud de la exenci贸n para los trabajadores del transporte, la FAA excluye de ese mandato cualquier controversia relacionada con los 芦contratos de trabajo禄 de cualquier categor铆a de trabajadores 芦dedicados al comercio interestatal禄.
Teniendo en cuenta que el caso Brock fue el tercero que la Corte Suprema abord贸 en seis a帽os en relaci贸n con la exenci贸n de los trabajadores del sector del transporte 鈥攗na frecuencia inusual para el Tribunal鈥, muchos (incluidos los autores de este art铆culo) esperaban que el Tribunal aprovechara el caso como una oportunidad para establecer par谩metros m谩s claros que permitieran a los tribunales inferiores determinar c贸mo evaluar si un grupo de trabajadores entra dentro de la exenci贸n de los trabajadores del sector del transporte, supuestamente de alcance limitado. En cambio, el dictamen del caso Brock destaca m谩s por lo que no hace que por lo que s铆 hace.
En primer lugar, un poco de contexto. Los casos anteriores del Tribunal Supremo sobre la exenci贸n de los trabajadores del sector del transporte, concretamente Southwest Airlines Co. contra Saxon y Bissonnette contra LePage Bakeries Park St., LLC, establecieron que, para que se aplique la exenci贸n, el trabajador debe desempe帽ar un papel directo, necesario y activo en el flujo de mercanc铆as interestatales. Sin embargo, los tribunales han tenido dificultades para entender qu茅 constituye una participaci贸n directa, necesaria y activa, especialmente en el caso de los trabajadores que no transportan f铆sicamente las mercanc铆as por s铆 mismos. Algunos tribunales inferiores han interpretado la frase de forma amplia, lo que ha dado lugar a una ampliaci贸n amplia y a menudo impredecible de la exenci贸n de los trabajadores del transporte. Por ejemplo, el Noveno Circuito, en Ortiz v. Randstad Inhouse Services, LLC, aplic贸 la exenci贸n a los trabajadores de almac茅n que seleccionan y mueven productos dentro de una misma instalaci贸n. En el caso L贸pez contra Aircraft Service Int鈥檒, Inc., el Noveno Circuito aplic贸 la exenci贸n a trabajadores que nunca tocan la carga, sino que se limitan a repostar las aeronaves antes de que estas se utilicen para transportar carga y pasajeros.
En este contexto, Brock ofreci贸 al Tribunal Supremo la oportunidad de ayudar a los tribunales inferiores que ten铆an dificultades para interpretar la formulaci贸n anterior del Tribunal.
El caso Brock planteaba si Angelo Brock, un denominado 芦conductor de 煤ltima milla禄 de la distribuidora Flower Foods, participaba en 芦comercio interestatal禄 en medida suficiente como para acogerse a la exenci贸n de los trabajadores del transporte. 芦Conductor de 煤ltima milla禄 es una forma abreviada de referirse a alguien que: (a) conduce un veh铆culo en el transporte intraestatal de mercanc铆as en el tramo final de un viaje interestatal, pero no cruza las fronteras estatales, o (b) interact煤a con un veh铆culo que ha cruzado las fronteras estatales cargando o descargando mercanc铆as directamente en 茅l o desde 茅l. Flower Foods argument贸 que un trabajador debe cruzar las fronteras estatales mientras transporta mercanc铆as o entrar en contacto con un veh铆culo (es decir, cargar o descargar mercanc铆as de) que haya cruzado las fronteras estatales para poder acogerse a la exenci贸n del arbitraje. Y muchos de los que seguimos el caso (y aclaraci贸n: estos autores presentaron un escrito amicus curiae ante el Tribunal Supremo abogando por l铆mites claros) esper谩bamos que la 辞辫颈苍颈贸苍 del Tribunal Supremo en el caso Brock ofreciera una orientaci贸n m谩s amplia sobre c贸mo interpretar y aplicar la exenci贸n de los trabajadores del transporte en general 鈥攜 no solo con respecto a los 芦conductores de 煤ltima milla禄鈥. Pero el dictamen del Tribunal es limitado, breve y ofrece poca (o ninguna) orientaci贸n m谩s all谩 del contexto de los conductores de 煤ltima milla.
El dictamen del caso Brock se centr贸 exclusivamente en la naturaleza interestatal o intraestatal del trabajo de un repartidor de 煤ltima milla. El Tribunal no aprovech贸 el caso Brock para aclarar qu茅 significan los t茅rminos 芦directo禄, 芦necesario禄 o 芦activo禄, ni c贸mo deben aplicar los tribunales esos requisitos al analizar la exenci贸n para los trabajadores del transporte. El Tribunal solo sostuvo que los conductores de 煤ltima milla, como Brock, que transportan mercanc铆as en un tramo intraestatal de un viaje interestatal, pueden acogerse a la exenci贸n para trabajadores del transporte sin cruzar las fronteras estatales ni interactuar con veh铆culos que lo hagan. Al hacerlo, el Tribunal rechaz贸 la regla de l铆nea clara, aunque f谩cil de aplicar en la pr谩ctica, propuesta por Flower Foods. El Tribunal reconoci贸 que 芦en ocasiones禄 los conductores de 煤ltima milla pueden acogerse a la exenci贸n, pero no indic贸 qu茅 circunstancias deben tener en cuenta los tribunales con respecto a este an谩lisis de 芦en ocasiones禄. Adem谩s, el Tribunal no ofreci贸 ninguna orientaci贸n nueva a los tribunales inferiores para que consideren c贸mo aplicar el an谩lisis de los trabajadores del transporte a las categor铆as de trabajadores que, aunque no transportan nada por s铆 mismos, desempe帽an sin embargo un papel materialmente importante en el proceso m谩s amplio del transporte interestatal.
El estrecho margen de maniobra que deja el caso Brockimplica que los tribunales inferiores deben seguir tratando de determinar c贸mo responder a este tipo de cuestiones a partir de los precedentes anteriores del Tribunal Supremo 鈥攊ncluidos los mencionados anteriormente鈥, que ya han provocado una avalancha de litigios por parte de los trabajadores del sector del transporte.
El alcance limitado del caso Brock tambi茅n sugiere que ninguna mayor铆a del Tribunal Supremo podr铆a ponerse de acuerdo sobre c贸mo desarrollar los precedentes judiciales. En el mejor de los casos, todos podr铆an coincidir en que el criterio restrictivo propuesto por Flower Foods era demasiado restrictivo, y esa fue la v铆a que encontraron para resolver el caso. Lamentablemente, sin una orientaci贸n m谩s detallada y muy necesaria, los tribunales inferiores han adoptado un mosaico de criterios de ponderaci贸n que da lugar a una aplicaci贸n amplia e inconsistente de la exenci贸n en los distintos circuitos.
Este art铆culo se ha elaborado con la colaboraci贸n de JJ Gramlich, becario de verano de 2026.