La esquiva conferencia sobre evaluaci贸n temprana de la PAGA
Como ya hemos informado anteriormente, uno de los aspectos de las reformas de 2024 a la Ley de Abogados Generales Privados de California (PAGA) fue la creaci贸n por parte de la Asamblea Legislativa de California de un nuevo procedimiento: la 芦Conferencia de evaluaci贸n temprana禄. Seg煤n , las empresas con al menos 100 empleados pueden solicitar una Conferencia de Evaluaci贸n Temprana (la Conferencia) dentro del plazo establecido para responder a la demanda, con el fin de que un evaluador neutral decida sobre una amplia gama de cuestiones, entre las que se incluyen:
- Si se produjo alguna de las presuntas infracciones y, en caso afirmativo, si el demandado ha subsanado dichas infracciones.聽
- Los puntos fuertes y d茅biles de las alegaciones del demandante y de las defensas del demandado.聽
- Si las pretensiones del demandante, incluidas las relativas a sanciones o medidas cautelares, pueden resolverse total o parcialmente.聽
- Si las partes deben compartir otra informaci贸n que pueda facilitar la evaluaci贸n y resoluci贸n tempranas de la controversia.
Lamentablemente, la legislatura no ha aportado mucha claridad sobre los detalles concretos de la 芦Conferencia de evaluaci贸n temprana禄. Como consecuencia, las empresas que se enfrentan a demandas en virtud de la PAGA y esperan poder recurrir a este mecanismo se ven obligadas a preguntarse c贸mo solicitar debidamente una conferencia, qui茅n puede actuar como 芦evaluador neutral禄 y c贸mo funciona la conferencia en s铆.聽
Ha pasado m谩s de un a帽o desde que entr贸 en vigor la reforma y, durante este tiempo, los demandados en el marco de la PAGA han visto c贸mo la 芦Conferencia de evaluaci贸n temprana禄 se ha interpretado de formas muy diferentes.聽
Algunos tribunales se limitan a remitir a las partes a un mediador privado o a un juez de conciliaci贸n, ya que consideran que la reuni贸n de evaluaci贸n temprana es un mecanismo de conciliaci贸n. Lamentablemente, este enfoque suele resultar infructuoso, ya que la reuni贸n debe celebrarse en una fase tan temprana del proceso que, por lo general, a煤n no se ha llevado a cabo la fase de presentaci贸n de pruebas y las partes carecen de informaci贸n suficiente para valorar el caso.
Por otro lado, la Agencia de Trabajo y Desarrollo Laboral de California (LWDA), que act煤a como 芦parte禄 t茅cnica en una demanda PAGA, sugiere que la 芦Conferencia de evaluaci贸n temprana禄 tiene por objeto facilitar una resoluci贸n r谩pida en los tribunales. La LWDA public贸 una en la que planteaba la pregunta 芦驴Qu茅 ocurre despu茅s de que un empleador presente una solicitud de evaluaci贸n temprana?禄, a lo que la LWDA respondi贸: 芦Por lo general, despu茅s de que un empleador presente una solicitud de evaluaci贸n temprana, el tribunal emitir谩 una orden remitiendo a las partes a la evaluaci贸n temprana. Este proceso ser谩 supervisado por un evaluador neutral y tiene por objeto facilitar la resoluci贸n temprana de las reclamaciones PAGA en los tribunales禄. Sin embargo, el resto de preguntas frecuentes que abordan la Conferencia se refieren 煤nicamente al uso de la misma para tratar las disposiciones de subsanaci贸n, y la LWDA no se pronuncia sobre los dem谩s temas que la Legislatura estableci贸 como apropiados para ser tratados en la Conferencia (como determinar si hubo alguna infracci贸n en primera instancia).聽聽聽
El lado positivo de esta falta de claridad sobre la finalidad de la conferencia es que las partes disponen de cierta libertad para utilizarla con el fin que elijan. Adem谩s, la obligaci贸n de presentar un informe en relaci贸n con la conferencia ofrece una buena oportunidad para obligar a las partes a exponer sus argumentos f谩cticos y jur铆dicos en una fase temprana del proceso, lo que podr铆a dar lugar a una reducci贸n del n煤mero de cuestiones objeto del litigio.聽